CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 12, 2003.- Este jueves entra en vigor la nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica.
De ahora en adelante, y como nunca antes había ocurrido en la historia de México, cualquier ciudadano podrá solicitar la información que requiera en posesión de los Poderes de la Unión y de cualquier entidad federal.
El Gobierno se obliga, a través de esta ley, a entregar la información solicitada, transparentar la gestión pública de todas sus dependencias y áreas de trabajo y favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos.
Se podrán obtener informes que antes se consideraban reservados y prácticamente secretos, tales como:
- La remuneración mensual por puesto de los funcionarios del Gobierno Federal.
- La información sobre el presupuesto asignado de las dependencias y su ejecución.
- Los resultados de las auditorías en las oficinas del Gobierno.
- Los contratos celebrados para la realización de obras públicas, bienes adquiridos o arrendados.
En el Poder Judicial, por ejemplo, habrá la obligación de hacer públicas las sentencias que ya hayan causado ejecutoria.
La apertura tiene límites, existe en la ley un capítulo que enumera aquellos datos que se consideran reservados o confidenciales y que no podrán ser consultados. Es el caso de la información sobre Seguridad Nacional, Seguridad Pública o Defensa Nacional, aquella que se considere pueda dañar la estabilidad financiera del país, la que ponga en riesgo la vida o la seguridad de las personas.
Es reservada también aquella información sobre la persecución de los delitos, la recaudación de impuestos, las operaciones de control migratorio, los secretos comerciales, bancarios y fiscales, las averiguaciones previas y los procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, entre otros.
Los datos personales también estarán protegidos.
Las solicitudes de información deberán formularse al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, de reciente creación, cuya misión será resolver sobre la negativa o aceptación de las solicitudes de información y proteger los datos personales de los ciudadanos en poder de las dependencias o entidades.
Esta ley es de observancia obligatoria para todos los servidores públicos federales.
Los funcionarios que se nieguen a la entrega de la información solicitada por los ciudadanos y que sea ordenada por el Instituto, podrán ser amonestados e –incluso- destituidos en términos de ley.