CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 1, 2004.- El Gobierno de la ciudad enviará a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal(ALDF) un paquete de reformas legislativas para fortalecer la seguridad pública y la procuración de justicia, anunció el subsecretario del Gobierno capitalino, Martí Batres Guadarrama. Al término de la reunión del gabinete de seguridad, Batres Guadarrama indicó que se busca sancionar a los Ministerios Públicos que otorguen la libertad provisional a delincuentes durante la averiguación previa sin que estos reúnan los requisitos del Código de Procedimientos Penales.
Esperan agregar un párrafo al artículo 230 para que en caso de delitos de fraude masivo como los cometidos contra miles de personas por las empresas Romo o Publi XIII, la pena se incremente en dos terceras partes. Asimismo, se propondrán modificaciones al Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y a la Ley de ejecución de Sanciones Penales del Distrito Federal.
Dichas reformas están orientadas a darle al Ministerio Público y a los jueces mayores elementos para perseguir y sancionar el delito, así como clarificar algunos tipos delictivos para evitar impunidad y cerrar la posibilidad de que delincuentes peligrosos gocen de libertad.
De igual manera, pretenden garantizar para la víctima el pago de la reparación del daño.
En ese mismo delito –dijo Batres-, si el valor de lo robado es superior a 500 veces el salario mínimo o se trata de vehículos o autopartes, la pena sería de cinco a 10 años de prisión.
Se sugiere, también, modificar el artículo 55 para que los bienes asegurados que no se reclamen en 60 días sean subastados y en caso de que pasen 30 días sin notificación y el producto de la subasta nadie lo reclama, serán destinados al Fondo para la atención y Apoyo a las Víctimas del Delito.
Entre las sanciones a los Ministerios Públicos, se encuentra un nuevo supuesto en el artículo 293 en el caso de que éstos se abstengan de iniciar averiguación previa al probable responsable puesto a su disposición por delito doloso perseguible de oficio.
Entre las reformas al Código de Procedimientos Penales destacó la obligación para que el juez emita órdenes de aprehensión considerando la probable responsabilidad, aun cuando ello implique la reclasificación del delito.
Es decir –agregó- que ya no podrá el juez esgrimir que no otorga la orden de aprehensión por no estar correctamente clasificado el ilícito.
Finalmente, cuado se presuma que el inculpado es parte de una banda delictiva, el Ministerio Público dispondrá, previa autorización del juez, el aseguramiento de los bienes y valores de dicha persona, quedando a cargo de los tenedores acreditar la procedencia legítima de dichos bienes.