CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 19, 2004.- Dentro del procedimiento que se le sigue a Benjamín Arellano Félix y otros, por los delitos de delincuencia organizada y contra la salud, quedan desechadas la prueba psicológica y criminológica forense a diversos testigos protegidos. El Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito resolvió que con ella no se probaría la no responsabilidad de los procesados.
E través de un comunicado, el tribunal recordó que durante el procedimiento que se le sigue a Benjamín Arellano Félix; Ismael Higuera Guerrero, alias, "El Mayel"; Aldo Ismael Higuera Ávila "El Mayelito" y Óscar Saúl Muñoz Lara "El Doctor Lara", por los delitos de delincuencia organizada y contra la salud, dentro del proceso penal 29/2003, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de México admitió la prueba de psicologíay criminología forense presentada por su defensa.
Ello para examinar a diversos testigos protegidos que imputan hechos delictuosos a los procesados.
Ante ello, la Representación Social de la Federación se inconformó, razón por la cual el Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, mediante la resolución emitida en el toca penal 72/2004, acorde con dicha inconformidad, resolvió desechar la prueba presentada por la defensa, ya que con ello no se probaría la no responsabilidad de los cuatro procesados.