CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 11, 2004.- Un juzgado federal en materia de amparo negó la suspensión provisional al diputado local con licencia, René Bejarano Martínez, que había solicitado para impedir la intervención y congelamiento de sus cuentas bancarias. El juez segundo de distrito B, Miguel Trujillo, argumentó que no se puede otorgar esta garantía, pues la intervención de las cuentas bancarias son hechos consumados y de concederse se darían efectos restitutorios, lo cual se determinará cuando se resuelva de fondo el asunto.
Expuso que el amparo solicitado con número 2278/2004, contra el acto de los jueces primero al 66 penales del Distrito Federal y otras autoridades, se niega la suspensión provisional de los diversos actos reclamados.
La fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo prevé que no se pueden otorgar garantías a quien enfrenta un proceso de desafuero, como es este caso, agregó. El proceso, por ser de orden público y calificado como grave, no se puede suspender, estableció.
René Bejarano tendrá que ser procesado en caso de perder el fuero, y se le deberá guardar una especial restricción de su libertad personal, pues uno de los delitos está calificado como graves, señaló.
La orden de aprehensión y detención fue girada a petición de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y la Fiscalía de Asuntos Especiales de la misma, en la investigación que se le sigue por el delito de "lavado de dinero".