Haga clic aquí para ver el micrositio de Elecciones en EU
CIUDAD DE MÉXICO, México, nov. 5, 2004.-
Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) desechó por improcedente el recurso de apelación que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del dictamen del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, que estableció que en el año 2000, Santiago Creel, candidato de la Alianza por el Cambio al gobierno de la Ciudad de México, rebasó los topes de gastos de campaña.
Hermilo Herrejón Silva, magistrado presidente del Tribunal, sostuvo que "se desecha de plano el recurso de apelación interpuesto por el Partido Acción Nacional en contra del acuerdo y dictamen aprobados por el referido Consejo General en sesión pública del 30 de agosto del 2004".
El Tribunal consideró que no procede el recurso de apelación, porque la Comisión de Fiscalización del IEDF aún no establece una multa por el rebase de gastos de campaña de 2 millones 100 mil pesos que rebasó la Alianza por el Cambio en el 2000.
Carlos Gelista, presidente del PAN en el Distrito Federal, consideró que este fallo no es un revés para su partido ni para el secretario de Gobernación, ya que permite que el asunto sea analizado con mayor profundidad.
"Lo que nos acaba de decir hoy el Tribunal es que no es definitivo ese dictamen, que todavía está en manos del Instituto y que una vez que el Instituto determine ya la sanción o no, entonces ya pueden proceder todos los recursos legales y podemos volver aquí al mismo Tribunal”, explicó el líder panista en el DF.
En la misma sesión, el Tribunal desechó también por improcedente el recurso
de apelación del PRD en contra del dictamen del Instituto Electoral del DF
que determinó que ese partido rebasó los topes de gastos de campaña en 14
delegaciones y 2 diputaciones en el proceso electoral del 2003.
Los magistrados consideraron, como en el caso del PAN, que mientras en Instituto Electoral no imponga una multa, no es un asunto definitivo.
El Tribunal resolvió a favor la apelación de Jorge Laborde Velásquez y Luis Alberto Hernández Domínguez, en contra del Instituto Electoral del DF, que los destituyó de su cargo de consejeros electorales del distrito 11, por haber recibido sin atribuciones dos recursos de impugnación presentados por el PRI.
El tribunal ordenó reponer el proceso de investigación y reinstalar inmediatamente a los demandantes en sus puestos.