CIUDAD DE MÉXICO, México, nov. 30, 2004.- Por unanimidad, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la ley para regular a las empresas de seguridad privada, traslado de valores y a los guardaespaldas. "Este dictamen redacta en forma clara las obligaciones que deberán cumplir los prestadores de los servicios de seguridad privada como el dar información mensual dentro de los primeros cinco días de cada mes sobre las altas y bajas del personal con que cuentan”, señaló Irma Islas, presidenta de la Comisión de Seguridad Pública.
De acuerdo con la nueva ley todas las empresas que presten este servicio deberán inscribirse en el Registro de la Seguridad Privada, que estará a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSP-DF).
Para poder trabajar, todos los elementos de seguridad privada tendrán que presentar una serie de exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos, así como tener vigente su licencia de portación de armas expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
"Se está pidiendo que se acredite que poseen los conocimientos necesarios y suficientes para la utilización de la fuerza, que hay un adiestramiento y capacitación... el último recurso será el arma de fuego y además no todos los elementos podrán portar armas de fuego”, agregó Irma Islas del Partido Acción Nacional (PAN).
A las empresas que no cumplan con estas disposiciones se les cancelará o se les suspenderá la licencia de funcionamiento.
Si las empresas o sus elementos incurren en otro tipo de delitos como homicidio, robo o secuestro se les aplicará las sanciones previstas en el Código Penal del Distrito Federal.
Esta ley entrará en vigor 60 días después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.