CIUDAD DE MÉXICO, México, ene. 3, 2004.- Cambios importantes en materia de impuestos. Si usted es persona física o asalariado debe saber que a partir de este año, el impuesto que a usted le retiene su patrón y paga a Hacienda, el impuesto sobre la renta, baja de 32% al 30%. Usted podrá sentir la mejoría en su ingreso a partir de este mes. Esta baja también aplica para personas que ganan por honorarios. Quienes tienen ingresos de uno hasta 10 salarios mínimos al mes seguirán beneficiándose del subsidio conocido como crédito al salario.
También hay cambios para los comerciantes inscritos en el régimen de pequeños contribuyentes, Repecos:
Se amplía de un millón 700 mil pesos a dos millones de pesos la cifra de ingresos para poder tributar en este régimen. De esta manera más dueños de pequeños negocios como talleres, estéticas, tintorerías e incluso ambulantes podrán tributar bajo este régimen.
La tasa dependerá de los ingresos que tengan, afirma Nora Caballero, Administradora General de Atención al Contribuyente del SAT:
"Esto va a depender de la mecánica que establezca el estado, en algunos estados ya esta fijada la tasa fija... Lo que sí es real, es que son montos muy accesibles para que puedan aportar a la recaudación... Puede haber cuotas de 100 pesos, de 125 pesos, 200 pesos al mes".
Para personas morales o empresas también hay cambios.
El impuesto sobre la renta que pagarán al fisco baja de 33 a 30%. Sólo podrán deducir sus compras que tienen en bodega hasta que vendan la mercancía, pero también tendrán estímulos fiscales, como la deducibilidad de impuestos de la participación de utilidades que las empresas dan a los trabajadores.
Otro estímulo que recibirán las empresas es la deducción de ISR mediante un crédito fiscal, si contratan a personas con capacidades diferentes.
También podrán deducir al 100% el equipo y las obras que hagan para adaptar los centros de trabajo a personas con discapacidad.
Ahora bien tanto empresas o personas físicas con actividad empresarial tendrán la obligación de declarar ante Hacienda los nombres y direcciones de sus 50 principales clientes y proveedores, teniendo como límite hasta el 15 de febrero.
La administradora general del SAT aclaró que si los estados así lo deciden podrán cobrar un impuesto cedular de hasta 3% a las personas físicas a quienes reciben ingresos por honorarios o por arrendamiento.
"Estos impuestos entrarán en vigor hasta el momento en que el estado, a través de su Congreso legisle lo procedente y se apruebe; es decir esto es algo que no entra en vigor a partir del 2005, que puede o no entrar en vigor", señaló Nora Caballero.
La funcionaria dijo que para que una persona pueda deducir los gastos de gasolina tendrá que hacer el pago con tarjetas electrónicas. Esta disposición entrará a partir del mes de julio.