CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 3, 2005.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) resolvió la forma en que las empresas deberán calcular el reparto de utilidades para sus trabajadores.
Al resolver diversos amparos de empresas, la Corte determinó que el reparto de utilidades se fijará bajo el concepto de "utilidad fiscal", es decir el resultante de los ingresos de las empresas, menos las deducciones autorizadas en la ley.
Con esto la Corte evita que el reparto de utilidades se calcule, descontando de esta prestación las perdidas fiscales de las empresas generadas en ejercicios anteriores.
Los ministros llegaron a esta resolución tras hacer una interpretación directa del artículo 123 constitucional en la que determinan que los trabajadores participaran sólo de las utilidades de las empresas donde trabajan y no de sus perdidas.
Genaro Gongora Pimentel, ministro de la Corte, dijo durante la sesión que “la utilidad perteneciente a los trabajadores debe tomarse de las ganancias o beneficios de las empresas, sin importar las pérdidas registradas en ejercicios anteriores... tales pérdidas tampoco deben ser tomadas en cuenta para efecto de la participación de los trabajadores en tales utilidades".
El ministro dijo que descontar pérdidas fiscales del cálculo de utilidades en las empresas causaría un detrimento en esta prestación de los trabajadores.
"Lo que pasa es que la participación a los trabajadores de las utilidades está en la Constitución, si no les parece y si consideran que hacen no competitivas a las empresas, pues que lo quiten de la Constitución, pero mientras tanto que se paguen", dijo.
Para el ministro Sergio Aguirre Anguiano, la decisión de la mayoría de ministros en la Corte para el cálculo de utilidades es incorrecta.
"So pretexto de darle una interpretación a lo dicho por la Constitución, estamos de nuevo usando conceptos de economía ficción... las pérdidas hay que amortizarlas y después de eso se tiene la renta o la utilidad, esto es una realidad... jugar reglas de ficción so pretexto de beneficio inmediato a los trabajadores les trae un perjuicio mediato", señaló.
Esta medida podría producir un mayor gasto de la empresas en el cálculo del reparto de utilidades de sus trabajadores, ya que ahora los empresarios no podrán deducir sus perdidas en este rubro.