CIUDAD DE MÉXICO, México, amyo4, 2005.-La Comisión Permanente declaró oficialmente establecida la reforma constitucional al artículo 21 Constitucional. Con el aval de las legislaturas de 21 estados de la República, se aprobó la adhesión de un quinto párrafo al artículo 21, donde se establece que el Ejecutivo Federal podrá, con la aprobación del Senado, en cada caso, reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI) .
El senador priísta Sadot Sánchez, consideró que “es un gran avance, repito, para la universalización de la justicia y de la defensa de los Derechos Humanos”.
Con ello, México podría ratificar ya el Estatuto de Roma, instrumento de justicia internacional que necesitaba primero esta reforma constitucional.
“Hasta que no se publique esa declaración que reforma el artículo 21 Constitucional, el estatuto no podrá entrar; una vez que se publique, entonces el Ejecutivo podrá enviar ese estatuto para que el Senado, no la Comisión Permanente, sea quien ratifique”, explicó el senador Sánchez.
Así la CPI podría intervenir en cualquier estado de la República Mexicana, cuando el estado con jurisdicción sobre un crimen particular no esté dispuesto o no tenga capacidad para someter a juicio a los presuntos responsables de dichos crímenes.
Tendría competencia sobre genocidio, crímenes de guerra y de lesa humanidad, y podría ejercer su jurisdicción a partir del día en que México lo ratifique, no de manera retroactiva.
Además no podría actuar en situaciones de disturbios o tensiones internas, tales como los motines, actos subversivos de violencia u otras conductas de carácter similar.