CIUAD DE MÉXICO, México, mayo 12, 2005.- Enrique Salinas de Gortari adquirió una póliza de seguro poco usual para las empresas que operan en México. A través de una compañía británica compró un seguro contra extorsión, secuestro, pago de rescate, muerte, perdida de extremidades o vista, e incapacidad permanente.
“Es extraordinariamente raro que alguien se asegure por una extorsión por 4 millones de dólares si no tiene elementos para sentir que va a ser objeto de una extrosión”, aseguró el procurador del Estado de México, Alfonso Navarrete Prida.
La póliza fue dada de alta el 25 de abril del 2003 con el vencimiento al 24 de abril del 2004.
Misma que fue renovada, de acuerdo con la investigación de las autoridades.
Clasificada con el numero gca0035/2003 la póliza tenía cobertura en todo el mundo, con un límite de uno a 4 millones de dólares.
La póliza que adquirió Enrique Salinas beneficiaba a tres personas, cuyos nombres no han sido revelados para no entorpecer la investigación.
Una de las pocas personas que tenía conocimiento de la existencia de este seguro era el empresario José Ricardo Hernández.
“Sabíamos que alguien se nos iba a acercar a pedirnos a nosotros una constancia de la averiguación previa y la causa de la muerte con el móvil nos llevó a descubrir el seguro en Inglaterra... esta persona que se nos acerca es curiosamente el compadre JR”, agregó el funcionario estatal.
La póliza cubría una amplia gama de factores y circunstancias.
Por ejemplo, cubría el secuestro hasta por un millón de dólares, y extorsión hasta por 100 mil dólares.
Incluía también el pago de intereses sobre préstamos bancarios obtenidos para pagar la liberación del secuestrado.
O pagos extras, como la contratación de un negociador, asesor de relaciones públicas o incluso, un interprete, todo hasta por un millón de dólares.
Cubría la muerte, perdida de miembros o de vista y la incapacidad total o permanente con el 100% de la suma asegurada.
Por la mutilación de algún dedo de la mano o del pie y de orejas o nariz el 50%.
La póliza cubría el pago de la atención psiquiátrica y médica durante 24 meses posteriores a la liberación de la victima.