CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 31, 3005.-Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció formalmente la facultad que tienen los 2 mil 436 municipios que integran la República Mexicana para crear sus propios reglamentos sobre materias de sus necesidades en cada localidad.
Después de la reforma al artículo 115 Constitucional de 1999, que establece las bases de gobierno de los municipios, no había habido un pronunciamiento de la Corte para reconocer su fortalecimiento.
La ministra Olga Sánchez Cordero opinó al respecto:
"Fortalece la independencia de los municipios, fortalece la autonomía de los municipios, es un paso histórico en la vida municipal de este país... posibilidad de reglamentar cuestiones que antes no podían reglamentar, son atribuciones cuasi legislativas", dijo.
Este criterio se estableció durante la resolución de una controversia constitucional presentada por el municipio de Tulancingo, Hidalgo, contra el Congreso de ese estado por considerar que los diputados locales habían invadido esferas de atribución reglamentaria de esa alcaldía.
"El municipio actor puede emitir reglamentos de detalle apartándose de aquellas normas en que estime que no le deben ser aplicadas", explicó el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
Es decir, los municipios del país tienen reconocida su facultad de crear reglamentos autónomos, sólo en materias que no estén expresamente determinadas por la Constitución, las leyes federales o estatales.
"No había sido reconocido un orden jurídico municipal como tal... hoy ya tenemos dentro del orden jurídico local, ya tenemos un nuevo orden jurídico, que es el municipal", indicó la ministra Sánchez Cordero.
De esta forma la Corte sienta un precedente histórico que dota de autonomía reglamentaria a todos los municipios del país, para que establezcan su propia normatividad en el ámbito de sus necesidades regionales.