CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 10, 2005.- Un Tribunal Federal confirmó la negativa de un juez federal de negar al ex diputado local, René Bejarano Martínez, la acumulación de dos causas penales que enfrenta por operaciones con recursos de procedencia ilícita, y que se refieren a conductas ilegales distintas.
La defensa de Bejarano Martínez solicitó la acumulación de las causas penales 119/2004 y 12/2005 al Juzgado 14 de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, el cual resolvió negarlas, lo que fue impugnado ante el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, que confirmó esa decisión.
En el primer expediente, el juez 18 de Distrito en el Distrito Federal inició proceso penal, luego de que se acreditó la probable responsabilidad del ex servidor público en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la hipótesis de que transportó recursos de cualquier naturaleza hacia el extranjero.
En ese expediente se atribuye que René Bejarano "custodió y transportó 11 mil dólares americanos del Distrito Federal a Houston, Texas, en un vuelo comercial, conociendo que el numerario provenía de actividades ilícitas", además de que presuntamente adquirió entre 2001 y 2003 bienes por un monto de 10 millones de pesos.
Por otra parte, en la causa penal 12/2005 radicada en Jalisco, ante el Sétimo Juzgado de Distrito en Materia Penal, que se refiere a que Bejarano recibió recursos que no fueron obtenidos con motivo del ejercicio público que desempeñó, con conocimiento de que procedían de actividades ilícitas y que ascienden a más de tres millones de pesos.
En esa causa penal, derivada de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIOFM/166/2004 se establece que René Bejarano depositó esos recursos en sus tres cuentas bancarias, recursos con una diferencia de tres millones 262 mil 474.64 pesos, cuyo origen no pudo comprobar.
En la averiguación previa, la Procuraduría General de la República (PGR) acusó que los pagos hechos con
tarjetas de crédito no fueron efectuados con dinero proveniente del ejercicio público, sino de sus actividades ilícitas, de la que su proveedor, Carlos Ahumada Kurtz, calificó como extorsión.
El Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito negó a Bejarano Martínez la acumulación de esos procesos en un mismo proceso penal, por lo que tendrá que enfrentarlos por separado, debido a que se refieren a hechos delictivos distintos.