CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 20, 2005.-La Cámara de Diputados con 412 votos a favor y dos abstinencias aprobó la derogación de la pena de muerte El diputado Francisco Frías, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, informó que “las reformas a los artículos 14 y 22 de la Constitución significan que en adelante ya no podrá existir la pena de muerte como tal”.
Por otro lado, en el artículo 22 de la Constitución quedó establecida la prohibición de "las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras personas inusitadas y trascendentales".
Y como es reforma constitucional fue turnada a los congresos locales para ser avalada al menos por 16 de ellos.
En su tercera sesión del periodo extraordinario, los diputados también aprobaron reformas al Código Penal Federal para beneficiar a los reos que hayan sido candidatos a su preliberación, y ésta se defina en un determinado plazo.
La diputada priísta Rebeca Godínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, explicó que hay que "darle un plazo de 30 días hábiles al órgano desconcentrado para que informe si procede o no procede, es cierto que es una facultad pero también es un derecho de las personas si procede o no procede, pero que informe, que conteste".
Con esta medida, dice la presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se busca disminuir la sobrepoblación en las cárceles de México.
Además de que los centros de readaptación social cumplan con su función primordial, al poner en libertad a quienes hayan cumplido con los requisitos que marca la ley.