CIUDAD DE MÉXICO, México, jul. 20, 2005.- La magistrada del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito con sede en el Distrito Federal, Antonia Herlinda Velasco Villavicencio, negó librar órdenes de aprehensión contra el ex presidente Luis Echeverría Álvarez y su ex secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia. La magistrada determinó que no existen elementos para fincar responsabilidad penal a ambos personajes, a quienes se les responsabiliza del delito de genocidio cometido el 10 de junio de 1971 contra estudiantes, según la acusación de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp).
Esta fiscalía de la Procuraduría General de la República (PGR) apeló la decisión del Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la capital, César Flores, de negar las órdenes de aprehensión al argumentar que dicho delito había prescrito, -aunque reconoció que se había cometido-.
Aún cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el delito de genocidio no prescribe, la magistrada Velasco Villavicencio falló a favor de los presuntos implicados por lo que hace a la masacre de estudiantes del "Jueves de Corpus" de 1971, lo que deja a la Femospp sin recursos para proceder contra los ex funcionarios.
La Femospp todavía tiene pendiente la consignación relativa a la matanza estudiantil del 2 de Octubre de 1968, donde también figura como probable responsable Luis Echeverría Álvarez, entonces secretario de Gobernación.
Sin embargo, es probable que Luis Echeverría y Moya Palencia sean exonerados definitivamente, pues en el caso del "Jueves de Corpus" a otros nueve coacusados, entre ellos los ex funcionarios de la extinta Dirección Federal de Seguridad, Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, se determinó que después de 30 años de perpetrado el crimen, los cargos habían caducado.