CIUDAD DE MÉXICO, México, jul. 26, 2005 .- Luis Echeverría Álvarez, ex presidente de México, y su entonces secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, no podrán ser enjuiciados por los sucesos ocurridos el 10 de junio de 1971 conocidos como "Jueves de Corpus".
Herlinda Velasco, Magistrada del Quinto Tribunal Unitario de la Ciudad de México, ratificó la negativa de librar órdenes de aprehensión en contra de ambos ex funcionarios federales.
Inicialmente, el 24 de julio del 2004, José César Flores, Juez Segundo de Distrito del Reclusorio Norte, rechazó ordenar ambas capturas solicitadas por la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado.
El juez Flores aseguró que el delito de genocidio no se encuadraba para juzgar a Echeverría y Moya Palencia.
Este martes, la magistrada Velasco explicó en su resolutivo que si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó el pasado 15 de junio que el delito de genocidio no prescribe, este ilícito no se les imputará a ambos funcionarios, porque durante los hechos de 1971, no se eliminó a un grupo social o una etnia.
Precisa que sí hubo hechos violentos durante la manifestación estudiantil, pero que éstos fueron debido a un enfrentamiento con los cuerpos policíacos.
Este fallo emitido por la magistrada Velasco es inapelable.