Visite el sitio especial de Huracanes CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 11, 2005.- Actualmente en México, la Ley de Instituciones de Crédito no fija un límite en la cantidad de dinero en efectivo que una persona puede depositar en una cuenta bancaria.
Sin embargo, la Ley de Instituciones Financieras obliga a los bancos a generar un sistema de alerta cuando observe que la operación no está dentro de los parámetros normales de un cliente.
Hay tres tipos de alertas que los bancos deben encender y reportar a las autoridades reguladoras.
Cuando detecten una "operación inusual": Esto es cuando la operación no concuerda con los antecedentes o la actividad conocida por el cliente o con su patrón habitual.
Cuando observen una "operación preocupante": Esto es cuando tengan serias dudas sobre la operación o depósito de un cliente, o bien sobre la conducta de algún directivo, funcionario o empleado de un banco que pudiera sugerir que esta contraviniendo o vulnerando la ley.
El tercer tipo de alerta que enciende un banco es cuando detecta operaciones "relevantes": Esto es cuando la operación que un cliente realice, supere los diez mil dólares o su equivalente en moneda nacional que al tipo de cambio de hoy sería de 110 mil pesos aproximadamente.
Los bancos están obligados a reportar este tipo de operaciones a la Unidad de Inteligencia Financiera de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Esa unidad, analizará cada caso y solicitará a las dependencias o instituciones correspondientes, informes y datos para conocer si el origen de los recursos depositados es lícito o si es motivo para iniciar una investigación ante la posible comisión de un delito que puede ir desde lavado de dinero hasta operaciones ilícitas.