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Publica SCJN sentencia sobre controversia presupuestal 2005



por: Redacción
Fuente: NOTIMEX




Diputados tendrán que atender las observaciones al presupuesto 2005, afirma la SCJN que se violaron los procedimientos legislativos






CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 24, 2005.- La Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) publicó este lunes la sentencia sobre la controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo contra la Cámara de Diputados por violentar el principio de división de poderes en la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2005.

En el documento, publicado en el Diario Oficial, se determinó que es procedente y fundada la controversia constitucional presentada por el Ejecutivo Federal en la que solicita se declare la invalidez de las resignaciones precisadas en los incisos "a" al "k" del presupuesto.

El Poder Ejecutivo argumentó que la Cámara de Diputados, al no aceptar las observaciones formuladas al decreto de PEF 2005 viola los Artículos 49 y 72 de la Constitución y vulnera el principio de división de poderes.

La SCJN declaró la invalidez del acuerdo, así como la nulidad parcial de PEF para este año, para los efectos que se precisan, por lo que quedan sin material las objeciones de fondo hechas valer contra el documento.

Explicó que la forma en que fue aprobado el acuerdo del 14 de diciembre de 2004, "por el que se desecha, sin discusión, el escrito de observaciones formuladas por el presidente de la República", las modificaciones hechas por la Cámara de Diputados realizadas al PEF, constituyen una violación a las formalidades esenciales del procedimiento legislativo.

De esta forma, la Cámara de Diputados, en ejercicio de sus facultades exclusivas, deberá hacerse cargo de las observaciones, como en derecho corresponda, a la mayor brevedad posible.

Los anexos, rubros y disposiciones del PEF 2005 que fueron invalidados están en el área de Construcción, ampliación y conservación de carreteras y caminos, así como de subsidios para obras y servicios en entidades federativas y municipios.


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