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CIUDAD DE MEXICO, México, oct. 27, 2005.- El Senado aprobó tipificar como delitos graves el robo y la adulteración de combustibles.
Por unanimidad, los senadores realizaron modificaciones a la Ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional y a los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales.
El senador priísta David Jiménez señaló que “en donde estamos sancionando con toda celeridad aquellos que alteren, aquellos que sustraigan, aquellos que introduzcan ilegalmente cualquier sustancia o gasolina que vengan y afecten al mercado nacional”.
Con ello, se estableció una penalidad de 6 a 10 años de prisión y de 500 a 10 mil días de multa, sobre el salario promedio de la persona que sustraiga o aproveche hidrocarburos de los equipos o instalaciones de la industria petrolera nacional, sin consentimiento de las autoridades.
La sanción aumentará en una mitad si el responsable es o fue servidor público o cuando tenga algún tipo de relación comercial con la industria petrolera.
Habrá una penalidad de 6 a 10 años de prisión y de 200 a mil días de multa, sobre el salario promedio de la persona que introduzca al país cualquier sustancia que permita la alteración o modificación de combustibles.
Actualmente Petróleos Mexicanos (Pemex) pierde más de 20 mil millones de pesos anuales por robo y adulteración de combustible.
Sin embargo, la minuta fue regresada a la Cámara de Diputados, porque estos dejaron como fecha de entrada en vigor el uno de enero de 2005, y esa fecha ya pasó.
Solicitaron a la Cámara de Diputados corregir la fecha y enviar la minuta al Poder Ejecutivo para su aplicación.