Visite el sitio especial de Diálogos por México Visite el sitio especial de Violencia en Francia
CIUDAD DE MÉXICO, México, nov. 18, 2005.- La apoderada legal de los nueve predios en donde están ubicadas las productoras de Refrescos Pascual opinó sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la que le devuelve los inmuebles que son de su propiedad.
La Suprema Corte ha demostrado una vez más que actúa conforme a la ley, y que su independencia de criterio es absoluta, los señores no son propietarios del inmueble y pues si van a tener que desocuparlo verdad”, dijo Olivia Jiménez, apoderada legal de los predios.
Dijo que después de 23 años de litigio de los inmuebles, no lograron establecer ningún acuerdo formal ni con los miembros de la cooperativa refresquera ni con las autoridades capitalinas para rentar o vender los predios.
“Nunca hemos tenido una oferta seria de parte de ellos, ni de compra ni de renta, nunca nos hemos negado a atenderlos, en la vida nos ha buscado ninguna autoridad de gobierno ni del Distrito Federal ni de ningún otro lado”, aseguró Olivia Jiménez.
La apoderada legal de los inmuebles aseguró que aún no ha cerrado la posibilidad de llegar a un convenio con la cooperativa.
Ocho de los 9 predios que la cooperativa deberá entregar a sus dueñas son los ubicados dentro de la misma productora refresquera ubicada en Clavijeros 75, Colonia Tránsito.
“Los predios realmente son fracciones de terreno que componen toda esta especie de manzana donde se encuentra la Cooperativa Pascual, no se pueden identificar donde inicia uno o donde comienza el otro porque pues es un todo en este momento”, informó Salvador Torres Cisneros.
Otro más se localiza en Insurgentes Norte a la altura del Metro Potrero.
“Este predio consta de 17 mil 360 metros cuadrados de superficie, cuenta con su pozo profundo, con su departamento de proceso y con sus departamentos adyacentes”, dijo Enrique Escubar Sandoval, coordinador de la planta norte pascual.
La cooperativa aún analiza las acciones que va a realizar con esta resolución de la corte.