Tiene Ejecutivo facultad para extradiciones: Corte



por: Agencia
Fuente: NOTIMEX




Reconoce SCJN facultad del Ejecutivo para autorizar la extradición de presuntos delincuentes a discrecionalidad; validan artículo 14 de Ley de Extradiciones






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CIUDAD DE MÉXICO, México, feb. 7, 2006.-El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el titular del Ejecutivo federal es quien tiene la facultad para autorizar la extradición o no de un presunto delincuente solicitado por otro país.

Al analizar el principio de discrecionalidad que tiene el titular del Ejecutivo para tomar una decisión en ese sentido, el máximo tribunal de justicia del país agregó que el Artículo 14 de la Ley de Extradición Internacional es constitucional.

Dicho artículo, avalado por los integrantes de la Corte, establece que "ningún mexicano podrá ser entregado a un Estado extranjero sino en casos excepcionales a juicio del Ejecutivo".

En relación a nueve amparos interpuestos contra la Ley de Extradición Internacional y los tratados en la materia con Estados Unidos y España, los ministros indicaron que en la Constitución no figura ningún impedimento para que el Ejecutivo decida si un delincuente es puesto a disposición de autoridades de otro país.

Esto en alusión a recursos de amparos interpuestos por presuntos narcotraficantes, así como por seis ciudadanos vascos acusados de pertenecer a la organización terrorista ETA y el ex titular de Petróleos Mexicanos (Pemex), Rogelio Montemayor Seguy, quienes consideraron inconstitucional el citado artículo.

Por ello, se espera que en sesiones posteriores los ministros de la SCJN nieguen los recursos de amparo a los quejosos.


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