Visite el sitio especial de Diálogos por México CIUDAD DE MÉXICO, México, feb. 8, 2006.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es improcedente la petición para que resolviera si debe ser la Procuraduría General de la República o la Procuraduría del Estado de México, la que continúe investigando el homicidio de Enrique Salinas de Gortari.
Los integrantes de la sala resolvieron por unanimidad, que la SCJN no tiene facultades para dirimir conflictos entre procuradurías de justicia, y que de acuerdo con el Artículo 106 de la Constitución, el Poder Judicial de la Federación sólo puede conocer de los originados entre tribunales.
Por ello, tanto la Procuraduría General de la República (PGR) como la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) tendrán que continuar con las investigaciones del caso y en su caso consignar ante jueces.
A más de un año del homicidio de Salinas de Gortari, cuyo cuerpo fue encontrado en un paraje de Huixquilucan, la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM), a través de una agente del Ministerio Público de Tlalnepantla, solicitó a la SCJN que determinara, cuál de las dos instituciones tenía la competencia para investigar el crimen.
En su ponencia, el ministro José Ramón Cossío Díaz sostuvo que con la sola lectura del Artículo 106 constitucional, se advierte que es notoriamente improcedente que la Suprema Corte interviniera en un conflicto de esa naturaleza, lo cual fue respaldado por los cuatro ministros restantes.
La procuraduría estatal argumentó que de forma analógica, se podría aplicar el Artículo 106 constitucional, para que la corte resolviera si la Procuraduría General de la República (PGR) o la PGJEM debía esclarecer el crimen.
Desde el hallazgo del cuerpo de Enrique Salinas dentro de un automóvil, el 6 de diciembre de 2004, se originó un conflicto entre las procuradurías, que incluso llegó a un intercambio de declaraciones entre sus titulares, Alfonso Navarrete Prida y Daniel Cabeza de Vaca.
Después de una reunión, los procuradores acordaron que ambas instituciones coadyuvarían en la investigación del caso en sus respectivos fueros, pero a inicios de este año, la PGJEM solicitó a la Suprema Corte que dirimiera el conflicto.
Con esta decisión, los agentes del ministerio público locales y federales que integraron de origen o por triplicado el expediente número AM/HUIX/1156/2004, tendrán que continuar con las investigaciones del caso y de ser necesario consignar ante jueces.
Una vez que dicha averiguación previa sea consignada a los tribunales correspondientes, la SCJN podrá emitir un posicionamiento sobre qué tribunal debe definir la situación jurídica de los acusados.