Visite el sitio especial de Diálogos por México CIUDAD DE MÉXICO, México, Mar. 1,2006.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó no atraer el recurso de revisión interpuesto por el Grupo Radio Centro contra la sentencia emitida por un juzgado federal administrativo en favor de Monitor Infored y José Gutiérrez Vivó.
Por mayoría, los integrantes de la sala consideraron que no se cumplieron los requisitos suficientes establecidos por la Constitución para ejercer su facultad de atracción en este caso, por lo que el expediente se turnará a un Tribunal Colegiado, el cual deberá emitir un fallo definitivo.
Los ministros Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Mesa y Sergio Vals Hernández votaron contra la atracción del caso en tanto que José de Jesús Gudiño y José Ramón Cossío se pronunciaron porque el alto tribunal emitiera un fallo sobre el citado recurso de revisión.
El recurso presentado por Radio Centro tenía el propósito de impugnar el amparo que otorgó a Infored y a José Gutiérrez Vivó el juzgado 6 de Distrito en Materia Civil, para que la primera empresa pague casi 21 millones de dólares por daños y perjuicios resultado de incumplimiento de contrato.
El juzgado 63 de lo Civil declaró nulo el laudo que emitió la Cámara Internacional de Comercio que obligaba a Grupo Radio Centro a pagar a Infored dicha cantidad, decisión que fue impugnada por Gutiérrez Vivó ante el juzgado 6, el cual le dio la razón.
Ante esto, Grupo Radio Centro recurrió al 13 Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, sosteniendo que la decisión del juez 63 de lo Civil estaba apegada a la legalidad, sin embargo, Infored solicitó a la Primera Sala de la SCJN que atrajera el caso.
En su sesión de este miércoles dicha sala negó la facultad de atracción del recurso de reclamación, y remitió el expediente con número RC-311/2005 al 13 Tribunal Colegiado en Materia Civil para que sea éste el que emita el fallo definitivo.