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CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 19, 2006.-A más tardar el 19 de abril los candidatos a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal iniciarán sus campañas legales en busca del voto, para obtener el triunfo en los comicios locales que se llevarán a cabo el próximo dos de julio.
El registro de candidaturas para ese cargo deberá llevarse a cabo entre el 29 de marzo y el nueve de abril, según lo establece el Artículo 143, inciso "a" del Código Electoral del Distrito Federal (CEDF).
A partir de entonces, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) iniciará el proceso de verificación para constatar que los candidatos inscritos por partidos políticos o coaliciones cumplieron con los requisitos legales establecidos en el Artículo 144.
La ley electoral local prevé una serie de plazos para que los candidatos que no hayan cubierto la documentación solicitada puedan subsanar los errores u omisiones y obtener el registro.
De acuerdo con la legislación vigente, los aspirantes al cargo de jefe de Gobierno podrán ser registrados ante el Consejo General del IEDF, por partidos políticos o coaliciones a más tardar el 4 de abril. Si de la verificación se advierte que se omitió el cumplimiento de uno o varios requisitos, se notificará de inmediato al partido político o coalición correspondiente, para que dentro de las 48 horas siguientes subsane el o los requisitos omitidos o sustituya la candidatura; éste plazo concluye el nueve de abril.
A partir de esa fecha, el Consejo General tiene un plazo de tres días más para volver a verificar los requisitos.
Posteriormente, el Consejo dispondrá de tres días más para la elaboración de los acuerdos de registro de candidatos, plazo que concluye el 15 de abril. A partir de entonces se dispone de dos días para convocar a sesión extraordinaria.
El caso de que se lleve a cabo todo el procedimiento antes mencionado, el Consejo General del IEDF sesionaría el 18 de abril para aprobar los acuerdos del registro de candidatos y de acuerdo con el CEDF las campañas formales iniciarían al día siguiente, es decir,el 19 del mes en curso.
Los candidatos podrán llevar a cabo actividades proselitistas durante 71 días efectivos -12 en abril, 31 en mayo y 28 en junio- y deberán suspenderlas tres días antes de la jornada electoral, que se verificará el próximo 2 de julio.