Visite el sitio especial de Diálogos por México CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 12, 2006.- El Instituto Federal Electoral (IFE) publicó este miércoles tres acuerdos relativos a los mecanismos para la distribución de las listas nominales de electores; para la asignación de los escaños en la Cámara de Senadores y de las curules en la Cámara de Diputados con base en los resultados de la jornada electoral del 2 de julio.
En el Diario Oficial de la Federación, el IFE señaló que en el primero de ellos se disponen los mecanismos para la distribución de las listas nominales de electores definitivas con fotografía que se entregarán a los Consejos locales y distritales y a los partidos políticos y coaliciones.
Indicó que los listados nominales que se utilizarán en las casillas electorales y lo que se conservarán en resguardo en las Juntas Ejecutivas Distritales y Locales son idénticos.
Las direcciones ejecutivas del Registro Federal de Electores (RFE), de Organización Electoral y de Administración tomarán las previsiones necesarias para la aplicación de este acuerdo en los Consejos locales y distritales.
La Comisión del RFE presentará un informe sobre los cotejos muestrales a los integrantes del Consejo General, a más tardar el 22 de junio de 2006.
En el segundo acuerdo el Consejo General del IFE determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de los escaños por el principio de representación proporcional en la Cámara de Senadores.
Así como los criterios que se tomarán en cuenta en la asignación de las Senadurías de primera minoría que correspondan a los partidos políticos y coaliciones con base en los resultados que se obtengan en la jornada electoral del 2 de julio de 2006.
En la expedición de las constancias de asignación de senadurías a la primera minoría, los consejeros presidentes de los consejos locales del IFE deberán considerar a las coaliciones como si se tratara de un solo partido político.
En el tercer acuerdo se determina el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules por el principio de representación proporcional en la Cámara de Diputados, que correspondan a los partidos políticos y coaliciones con base en los resultados que obtengan en la jornada electoral.
Para la asignación de curules de representación proporcional en la Cámara de Diputados se seguirán los pasos de los artículos del 12 al 17 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
El acuerdo expone que todos los partidos políticos contarán con el número exacto de diputados de representación proporcional que les corresponda de acuerdo con su votación nacional; y ninguna circunscripción podrá tener más de 40 diputaciones.
Los tres acuerdos fueron aprobados en la sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 29 de marzo de 2006.