CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 12, 2007.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo solicitado por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social contra las reformas a la Ley del IMSS, por considerar que carece de interés jurídico.
Por una mayoría de nueve votos contra dos, el pleno del máximo
tribunal del país determinó que las reformas a la Ley del Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobadas en agosto de 2004 no
afectan a los trabajadores afiliados al gremio, por lo que el juicio
de garantías no tiene validez y se desechó.
El sindicato del IMSS impugnó las reformas a los Artículos 277-D
y 286-K, que se refieren al régimen de jubilaciones y pensiones, pero
los ministros consideraron que esas modificaciones sólo afectan a los
trabajadores de confianza y no a los sindicalizados.
Los ministros de la Corte avalaron el proyecto de la ministra
Margarita Luna Ramos que proponía cancelar el amparo promovido contra las reformas publicadas en un decreto el 11 de agosto de 2004.
Los integrantes de la SCJN consideraron que ni el sindicato ni
sus agremiados sufren afectación alguna, pues las modificaciones a la
normatividad no afectan los derechos sobre jubilaciones y pensiones
adquiridos por los trabajadores.