CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 26, 2007.- El Gobierno del Distrito Federal publicó este jueves en la Gaceta Oficial el decreto por el cual se reforma el Código Penal y se adiciona la Ley de Salud local a fin de despenalizar la interrupción del embarazo antes de la semana 12. En el documento, que entrará en vigor el 27 de abril, se especifica que el aborto es la terminación del embarazo después de la semana 12 de gestación.
De acuerdo con el dictamen, el jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá expedir la adecuación a los lineamientos generales de organización y operación de los servicios de salud relacionados con la interrupción del embarazo en los siguientes 60 días hábiles.
Expone que la administración local promoverá convenios de colaboración para obtener recursos adicionales que permitan atender el derecho de la mujer a la salud sexual y reproductiva, y la Asamblea Legislativa realizará una campaña informativa sobre las reformas aprobadas.
El decreto establece que se impondrá pena de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta que otro lo haga después de la semana 12 de embarazo y el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado.
Asimismo, destaca que se impondrán de uno a tres años de prisión al que hiciese abortar a una mujer con el consentimiento de ésta, en tanto que el que haga abortar a una mujer sin su consentimiento se le impondrá una pena de cinco a ocho años de prisión.