Legalmente se considera que toda persona fallecida, puede ser donante de órganos y/o tejidos, aunque en vida no haya dejado constancia expresa de su oposición y con el previo consentimiento de sus familiares cercanos.
Los órganos que pueden ser extraídos para su trasplante son: riñones, hígado, corazón, pulmones, páncreas e intestino y entre los tejidos están: las córneas, huesos y segmentos osteotendinosos, válvulas cardiacas, segmentos vasculares y piel.
Sin embargo no todas las personas fallecidas pueden ser donantes, para que se puedan llevar a cabo un mayor número de trasplantes es necesario que los donadores hayan perdido la vida por paro respiratorio o cardíaco o por muerte cerebral:
El paro respiratorio o cardíaco, es el tipo más común de muerte. Estas personas pueden donar tejidos como córneas, piel, hueso, riñones o cartílagos después de un minucioso examen médico.